Yennys Hernández Molina: Mujeres trans en las cárceles cubanas

DD.HH. | 28 de diciembre de 2023
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Se podría decir que las personas trans privadas de libertad sufren dos tipos de exclusiones. En primer lugar, son víctimas del sistema de justicia penal en una nación que tiene una de las tasas de encarcelamiento más alta del mundo: 794 reclusos por cada 100.000 habitantes en 2020, según registra el World Prision Brief. En segundo lugar, como personas cuya identidad de género rompe con las expectativas sociales, son castigadas por las políticas de género que rigen a las poblaciones encarceladas. 

En prisión, las personas trans de todos los géneros sufren las consecuencias de su ruptura con la cisheteronormatividad a través de tres mecanismos fundamentalmente: 1) las normas de clasificación por sexo en un sistema en el que la colocación se rige por el binario hombre-mujer, 2) la violencia perpetrada por los guardias y otros reclusos, y 3) la falta de acceso a atención médica relacionada con la transición. Dentro de este panorama, las mujeres trans/travestis son particularmente vulnerables.

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“La ‘peligrosidad’ fue el delito por el que nos procesaron. Te veían vestida de mujer y ya, te decían que estabas en área proclive a la prostitución. A mí una vez me detuvieron en la esquina de mi casa, saliendo a botar la basura. Tenía puesta una bata de casa y hecho un torniquete”, cuenta Mónica D’Amdrade Molina sobre los motivos por los que eran procesadas muchas mujeres trans.

Hasta diciembre del 2022 estuvo vigente en Cuba, como parte de su Código Penal, la figura del “estado peligroso”, popularmente conocido como “peligrosidad” o “peligro”. Según esta norma, se consideraba en estado peligroso “la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista”. Aunque la prostitución no se considera un delito, era incluida dentro de lo que se entendía como “conducta antisocial”, que abarcaba el practicar “vicios socialmente reprobables” y vivir “como un parásito social, del trabajo ajeno”, y formaba parte de los denominados índices de peligrosidad. Una vez declarada en estado peligroso se le imponía a la persona una medida de seguridad predelictiva, que en el caso de los “individuos antisociales” solía ser de tipo reeducativa con internamiento en un establecimiento especializado, por un mínimo de un año y un máximo de cuatro años.

La Encuesta sobre Indicadores de Prevención de Infección por el VIH/sida-2017, publicada por la Oficina Nacional de Estadística e Información en 2019, estimaba que existían unas 3700 personas trans en edades de 12 a 49 años en el país y que, de estas, aproximadamente el 90% eran transfemeninas. Dicho informe también estima que alrededor del 52% de las personas trans se involucra en prácticas de sexo transaccional. Según el informe del Proyecto Nuevo Mecanismo de Financiamiento del Fondo Mundial “Comunidad Transgénero-Cuba”, en el que trabajó la red nacional Transcuba, perteneciente al Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX), en el periodo 2015-2017 pertenecían a dicha red 4447 personas trans. De ellas, tres de cada cuatro reconocieron practicar la prostitución, siendo esta cifra del 91.4% en La Habana. Es muy difícil saber cuántas de estas personas han sido procesadas usando la figura de “estado peligroso” o cualquier otro tipo de delito en Cuba, aunque las experiencias de las mujeres trans indican que la mayoría de ellas ha sido objeto de, al menos, hostigamiento policial. 

La transgresión de las normas sociales de género puede hacer que las personas trans se vean privadas del acceso al apoyo familiar, la educación, la vivienda estable, el empleo legal, entre otras cosas, y, por tanto, participen con más frecuencia en estrategias de supervivencia que están penalizadas. Sumado a ello, las múltiples actitudes discriminatorias que deben enfrentar por parte de las propias fuerzas del orden público, la posibilidad de que una persona trans sea procesada por algún delito aumenta. 

Aunque tener un vínculo laboral era considerado un atenuante para la aplicación de medidas de seguridad predelictivas, ni a Naomi González Castañeda ni a Yennifer Moyares les sirvió de nada. “Cuando me llevaron a juicio yo estaba trabajando. Mi mamá presentó una carta del director de mi centro de trabajo, pero ellos no creían”, cuenta Naomi, a quien no le valió siquiera que su jefe se presentara a declarar en el juicio. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advierte sobre el uso discriminatorio que se le da a este tipo de legislaciones, como las leyes contra la “vagancia”, o aquellas que buscan proteger la “moral pública” y normar la “conducta apropiada”, en su informe Violencia contra personas LGBTI (2015). Según dicho documento, estas normas legales otorgan a las fuerzas de seguridad poderes amplios y discrecionales que permiten su utilización para discriminar específicamente a las personas trans a través de la regulación del uso de espacios públicos de manera arbitraria y juzgando a las personas basados en su apariencia física. 

En ese mismo informe se denuncia que el otorgamiento de amplios poderes a oficiales de la policía y agentes encargados de hacer cumplir la ley para limitar o restringir la circulación de las personas en espacios públicos, unido a la discriminación y los prejuicios sociales contra las personas LGBTI, lleva al abuso de la discrecionalidad policial en la aplicación de normas sobre el uso de dichos espacios. Peor aún, el informe advierte que las mujeres trans se ven particularmente afectadas; con mayor violencia, las que son trabajadoras sexuales. La sola presencia de una persona trans en público puede ser interpretada por la policía como una “exhibición obscena” y con frecuencia son tratadas como criminales.

En este sentido, al decir de Mónica, “te veían vestida de mujer y ya, te decían que estabas en área proclive a la prostitución. Tú les decías que esa área no era proclive a la prostitución y no importaba. Llegabas a 23 y Malecón y te botaban. A las doce de la noche ya te estaban botando como si estuvieran pasando una escoba: ‘vamos, que esto es churre’. No podíamos ni sentarnos en el muro del Malecón”.

En el caso de Yennifer, el jefe de sector de su área le levantó un acta de advertencia a pesar de saber que ella siempre ha trabajado. Según el documento, ella se comprometía a no estar en ningún área proclive a la prostitución y a presentarse cada viernes en el sector de la policía que le correspondía. “Para ellos [la policía] toda zona es proclive a la prostitución si eres trans. Si te ven vestida de mujer y hablando con un hombre, ya te estás prostituyendo”. Fue citada un viernes a las dos de la tarde por el jefe de sector, quien al llegar le pidió el carnet de identidad, le dijo que su expediente de peligrosidad había sido aprobado y la trasladó a una estación de policía sin más explicaciones. En la estación de Aguilera tampoco le explicaron nada. Fue recluida en un calabozo donde tuvo que esperar por dos semanas a la realización del juicio. 

Mónica también tuvo que esperar tres semanas en diferentes prisiones hasta la realización del juicio contra ella. Un artículo sobre los procesos de criminalización de mujeres trans y travestis en la provincia de Buenos Aires, publicado en la revista Pensamiento Penal, señala que en estos casos el uso de la prisión preventiva es prácticamente automático. Según la Ley 143/2021 “Del Proceso Penal” en su artículo 356, la medida cautelar de prisión provisional es excepcional y deberá aplicarse debido a la gravedad de los hechos o si existen motivos suficientes para creer que la persona imputada pueda evadir u obstaculizar la investigación, la instrucción, el juzgamiento o la ejecución de la sentencia. En Cuba, la medida cautelar que continúa siendo más utilizada en el proceso penal es precisamente la prisión provisional. 

“Ahí hubo muchas trans que las destruyeron, las pelaron antes de tiempo. A unas cuantas les dieron la libertad después del juicio y ya estaban peladas. Les destruyeron la imagen, acabaron con ellas. Les hicieron el juicio, les dieron la libertad, pero ya las habían pelado dentro del Centro de Procesamiento para Detenidos conocido como Vivac”, comenta Mónica. Durante todo ese tiempo ella estuvo vestida de mujer, aunque los guardias le insistían para cambiar su imagen. “Tenía implantes de pelo y todo. Dije que hasta que no tomaran una medida conmigo nadie me iba a dejar calva, nadie me iba a picar el pelo, porque si la jueza decidía que yo me iba para la calle, yo me quería quedar con mi imagen tal y como estaba”.

Otro de los problemas alertados por el referido informe de la CIDH es que existen casos en los que, luego del arresto, algunas autoridades policiales extorsionan, chantajean o exigen favores sexuales a varias personas trans a cambio de ser puestas en libertad. Mónica recuerda que había un oficial en la estación que demandaba sexo como condición para soltarlas. “Él nos entregaba los carnets y todo y llegando a la estación, si iba un piquete, una de nosotras tenía que tener una intimidad sexual con él para que nos soltara. Si no, nos quedábamos todas trancadas”. 

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