Excelentes estas reflexiones y/o encuentro entre algunos juristas cubanos sobre el Proyecto (o anti-proyecto) de Constitución: «es muy interesante el ejemplo del actual artículo 60 del proyecto que tiene que ver con la Libertad de Expresión y Prensa en el cual se hace depender un derecho constitucional de una norma posterior, porque el texto constitucional reza que la libertad de expresión y prensa se ejercitará de conformidad con la ley, o sea, se está facultando a un legislador posterior para que establezca límites a un derecho constitucional y por tanto no hay mención a un derecho expreso en la constitución.» Para seguir leyendo…
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