Lucía Alfonso Mirabal: ¿Qué deberíamos esperar los cubanos de las nuevas leyes de migración y ciudadanía?
Desde julio de 2024, Cuba debe contar con una nueva ley de migración y una ley de ciudadanía, de acuerdo con el cronograma legislativo publicado en la Gaceta Oficial en febrero.
Ambas leyes deberían eliminar una contradicción: los cubanos emigrados sostienen con sus remesas un país en el que carecen de derechos. No es a los residentes en la Isla —a los que también priva de muchos derechos, aunque menos que a los emigrados— a los que el régimen pide que inviertan en el país, sino a los emigrados. Con esos, que tras haber partido prosperan y garantizan la supervivencia de sus familiares en Cuba, cuenta La Habana para sacar al país de la miseria.
En noviembre de 2023, poco antes del inicio de la Conferencia la Nación y la Emigración, el director general de Asuntos Consulares y de Cubanos Residentes en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), Ernesto Soberón, dejó claro el interés del régimen en que los emigrados, además de enviar remesas a sus familiares, salven la economía de Cuba con sus inversiones.
También aseguró que la figura del «emigrado» iría desapareciendo, «ya que una persona sale de Cuba por 24 meses por la moratoria, pero mantiene todos sus derechos dentro del país».
El funcionario obvió que, al transcurrir ese tiempo, los cubanos pierden el derecho a votar en elecciones y referendos, así como a presentar iniciativas legislativas. También pierden el derecho al cobro de su pensión por jubilación, lo que constituye un robo flagrante.
Además, los emigrados pierden el derecho a heredar cualquier bien que les deje un familiar fallecido en Cuba. Para recuperar esos derechos, así como el de residir en su país de nacimiento, un cubano debe pasar por un proceso de repatriación.
Es cierto que en 2020 el Gobierno de Cuba decidió extender el plazo de retorno a sus ciudadanos, debido a la pandemia de Covid-19. Pero, en la práctica, esa pequeña concesión —que puede finalizar en cualquier momento— solo ratifica que las autoridades deciden cuándo pueden los cubanos entrar a su país natal.
Con las limitaciones establecidas en la Ley Migratoria actual, el régimen cubano viola la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la que es signatario, así como lo dispuesto en el Artículo 12 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos —que firmó aunque no lo ha ratificado—, y en el Artículo VIII de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (instrumento jurídico internacional de índole regional). Ambas disposiciones refieren de manera similar que:
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país sin ningún tipo de restricción
3. Toda persona tiene el derecho de fijar su residencia en el territorio del Estado de que es nacional, de transitar por él libremente y no abandonarlo sino por su voluntad.
4. Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país.
En la conferencia de prensa previa a la reunión con los emigrados, Soberón destacó la derogación de las caras y frecuentes prórrogas del pasaporte cubano a que estaban obligados los emigrados, así como la extensión a diez del periodo de validez de ese documento de viaje. Esas medidas, que el régimen no tomó hasta mayo de 2023, habían sido exigidas por los cubanos durante décadas.
Las nuevas leyes que debe aprobar la ANPP en julio deben implicar la definitiva desaparición de la figura del emigrado y esto debe traducirse en el disfrute, para los cubanos residentes fuera de la Isla, de los —pocos— derechos políticos que disfrutan los que viven dentro: votar en elecciones y referendos, y presentar iniciativas legislativas. Si es necesario, debe reformarse también la vigente ley electoral, con el objetivo de que los radicados fuera puedan ejercer esos derechos de los que son privados en este momento.
Ambas normas deben eliminar también la obligación para los cubanos con doble ciudadanía de entrar a su país con el pasaporte de Cuba. El requisito de repatriación debe exigirse solo a aquellos cubanos que hayan renunciado expresamente a la nacionalidad.
Hay violaciones de derechos humanos aún más graves e incompatibles con un Estado de Derecho —que según el régimen existe en Cuba— que deben ser erradicadas con las nuevas normas. El derecho de entrar o salir del país propio no puede depender de la orientación política, ni si quiera puede usarse para castigar un presunto delito.
Si un ciudadano español, peruano, mexicano, etc. comete actos de terrorismo o cualquier delito grave en un país extranjero y desea regresar al de origen, su delito no es mérito legal para impedirle entrar a su país. Al entrar, asume las consecuencias legales y la posible deportación para ser juzgado donde cometió el delito.
En cualquier país en el que rige un Estado de Derecho sería absurdo prohibir la entrada a un nacional que abandone un puesto o responsabilidad laboral o cargo público. Esto solo ocurre bajo dictaduras como la de Cuba, donde se niega la entrada a médicos, deportistas, científicos, etc., que deciden romper un contrato establecido con otro país a través del Estado cubano o no retornar a la Isla al terminarlo.
Los emigrados o exiliados de manera forzosa no podrán enviar sus criterios sobre estas leyes cuando los proyectos sean sometidos a la consulta de los cubanos. Son sus familiares residentes en Cuba, en gran medida dependientes de ellos, los que deben exigir que puedan ejercer todos los derechos como ciudadanos de la Isla.
Pero los emigrados tienen un peso cada vez mayor en la economía de Cuba, y el régimen quiere que tengan aún más. Por tanto, deben exigir el derecho a tener también peso en la vida política del país.
Publicación fuente ‘DdC’
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